SENASA autorizó a los entes sanitarios a distribuir los dispositivos de identificación animal
La Resolución 898/2026 los suma como distribuidores de los proveedores oficiales. La identificación electrónica alcanza a bovinos, bubalinos y cérvidos.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria autorizó a los entes sanitarios locales, a las fundaciones de lucha contra la fiebre aftosa y a otras entidades que ejecutan campañas de vacunación contra la fiebre aftosa dentro de los planes oficiales del organismo a actuar como distribuidores de los proveedores de dispositivos oficiales de identificación animal inscriptos ante el Servicio. La Resolución 898/2026 se publicó el 16 de octubre en el Boletín Oficial.
Según el artículo 2 de la norma, esas entidades pueden adquirir los dispositivos directamente de los proveedores, comercializarlos y entregarlos, y prestar el servicio de colocación, de lectura y de remisión de la información. La identificación electrónica que menciona ese artículo alcanza a bovinos, bubalinos y cérvidos.
De acuerdo con la Resolución 530/2025 que citan los considerandos, hasta ahora los productores adquirían los dispositivos a los proveedores oficiales inscriptos y a su red de distribución. La resolución también exige a los entes conservar durante cinco años los registros digitales de trazabilidad y vincular los datos con el RENSPA a través de la aplicación SIGBioTraza.