Industria excluyó de la Factura de Crédito Electrónica MiPyME a las financieras no grandes
La Resolución 400/2026 las exime de emitir ese comprobante. Alcanza a las entidades de la Ley 21.526 que ARCA no clasifica como empresa grande y rige desde su publicación de hoy.
La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dejó afuera del régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyME a las entidades financieras que no están clasificadas como empresa grande. La medida es la Resolución 400/2026 y se publicó hoy en el Boletín Oficial.
El régimen lo creó la Ley 27.440 y su implementación la ordena ARCA a través de la Resolución General 5.824/26, con un cronograma por tipo de contribuyente. Según el Boletín Oficial, la norma de Industria funciona como excepción a ese esquema: las entidades alcanzadas no quedan obligadas a aplicarlo.
El universo es el del artículo 2 de la Ley 21.526, la Ley de Entidades Financieras, que enumera bancos, compañías financieras, cajas de crédito y las demás figuras del sistema. La excepción no corre para las que sí estén clasificadas como empresa grande según las actualizaciones de ARCA.
En la práctica, esas entidades siguen emitiendo sus comprobantes habituales y no tienen que sumar la Factura de Crédito Electrónica MiPyME a su facturación.
La resolución fue firmada el 30 de septiembre y, de acuerdo con el aviso del Boletín Oficial, rige a partir de su publicación.